Aunque antiguo y dadas algunas consultas recibidas, os enviamos por si fuera de vuestro interés, escrito de la Consejería de Industria, Energía y Medioambiente de Extremadura donde se les recuerda a las empresas distribuidoras:
– la obligatoriedad de cumplimiento con la legislación, por lo que ante una solicitud de nuevo suministro o cesión de uno existente, deberán recoger en las condiciones técnico-económicas dadas al promotor los importes correspondientes a los derechos dea cometida, incluidos los derechos de supervisión de las instalaciones cedidas.
– la abstención de solicitar certificados o informes de empresas ajenas, si su coste debiera ser asumido por el promotor.