Esta Directiva deroga a la Directiva 2002/91/CE que, entre otros documentos, en su transposición a la legislación nacional sirvió de base para la redacción de nuestro Código Técnico de la Edificación. Por ello, las modificaciones introducidas por la Directiva objeto de esta circular (2010/31/UE), es muy probable que introduzcan a su vez modificaciones en nuestro Código Técnico de la Edificación.
De ella destacamos:
– el establecimiento futuro de unos requisitos en materia de eficiencia energética que deberán cumplir tanto los edificios de nueva construcción así como los edificios existentes, caso de acometerse modificaciones de importancia y siempre que sea técnica, funcional y económicamente viable.
– la expedición de certificados de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de la vivienda puedan comparar y evaluar su eficiencia energética.
– la obligatoriedad de inspecciones de las instalaciones de calefacción y aire acondicionado y la elaboración de sus informes de inspección
– la expedición de los certificados de eficiencia energética por expertos cualificados o debidamente acreditados
Como es habitual, os seguiremos manteniendo informados de todo el proceso hasta su transposición.